La Gaceta del concejal No. 38 Lo que todos deberíamos saber sobre los medicamentos controlados

El valor más grande de un profesional es su potencial de hacer la diferencia y usarlo para sumar en su ámbito de acción.

Autora: Lourdes Molina, 20 JUL 2024

Sabías que…

  • Los medicamentos controlados o narcóticos contienen estupefacientes o psicotrópicos en su fórmula y su efecto farmacológico incide en el Sistema Nervioso Central.
  • Los medicamentos estupefacientes son derivados naturales o sintéticos de los opiáceos y se usan para tratar y controlar el dolor. Su uso es riesgoso porque tienen una ventana terapéutica muy pequeña.
  • Los medicamentos psicotrópicos son usados para tratar padecimientos psíquicos y neurológicos como: depresión, epilepsia, esquizofrenia, trastorno bipolar, mal de Parkinson, entre otros.
  • Los medicamentos que se formulan con estupefacientes o psicotrópicos son medicamentos controlados y por eso la prescripción y uso debe realizarse bajo estricta vigilancia médica. Por tal motivo, estos medicamentos se clasifican en la FI, FII y FIII de acuerdo con el artículo 226 de la Ley General de Salud, en donde los medicamentos se clasifican en seis fracciones de acuerdo con la siguiente tabla:
FIEstupefacientesFIVMedicamentos de prescripción
FIIPsicotrópicosFVMedicamentos de libre venta que solo se pueden distribuir a través de las farmacias
FIIIPsicotrópicosFVIMedicamentos de libre venta que se pueden distribuir en comercios que no sean farmacias.

“Los medicamentos Fracción I, Fracción II y Fracción III contienen estupefacientes o psicotrópicos en su fórmula.”

  • Los medicamentos controlados llevan leyendas adicionales en la etiqueta y la que más llama la atención, es que en el registro sanitario deben de llevar la fracción con la que quedaron registrados para poder controlar su manejo durante su distribución, prescripción y suministro.

Codificación del registro sanitario:

Código numérico + M + 4 dígitos de año del registro +SSA + la fracción I, II o III.  

Ejemplo de un registro sanitario otorgado en el 2024, correspondiente a un medicamento estupefaciente: XXXXM2024 SSA I
  • Para prescribir medicamentos de la fracción I se requiere una receta especial con código de barras y solicitar el recetario a COFEPRIS.

“Para prescribir estupefacientes (Fracción I) se tienen que utilizar recetarios especiales con código de barras.”

  • La receta en la que se prescriben los medicamentos fracción I y II se retiene en la farmacia.
  • La receta en la que se prescribe los medicamentos fracción III se puede surtir en tres ocasiones y tiene una vigencia de seis meses. Cada vez que se surte la receta se sella por parte del farmacéutico.
  • Los medicamentos controlados se fiscalizan a nivel local e internacional para prevenir su uso y tráfico ilícito ya que, constituyen un riesgo para la salud pública.
  • La COFEPRIS cuenta con un organismo interno para fiscalizar a nivel federal los estupefacientes y psicotrópicos, así como, los medicamentos que los contengan y es la Dirección Ejecutiva de Estupefacientes, Psicotrópicos, Sustancias Químicas y Químicos Esenciales y su acrónimo es DEREPySQ.

“La DEREPySQ controla la gestión de los medicamentos controlados a lo largo de la cadena de suministro.”

DEREPySQ colabora con la fiscalización internacional de estupefacientes y psicotrópicos realizada por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes y su acrónimo es JIFE.

“La JIFE es una entidad administrativa de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC)”

  • La JIFE en cooperación con los gobiernos, procura asegurar que haya suministro de estupefacientes y psicotrópicos suficientes para cubrir las necesidades médicas y científicas, y establece controles para que no se produzcan desviaciones de drogas de fuentes lícitas a canales ilícitos. También vigila la fiscalización que aplican los gobiernos a los productos químicos utilizados en la fabricación ilícita de drogas y les brinda asistencia para prevenir la desviación de esos productos químicos hacia el tráfico ilícito.
  • La JIFE determina la deficiencia de los sistemas de fiscalización nacionales e internacionales y contribuye a corregir esas situaciones. Además, tiene a su cargo la evaluación de productos químicos utilizados en la fabricación ilítica de drogas, a fin de determinar si deben ser sometidos a fiscalización internacional.
  • La fiscalización local se hace a través del SISUS y es necesario acudir a las oficinas de COFEPRIS a darse de alta.

Ahora ya sabes porque los medicamentos controlados están sujetos a una mayor vigilancia sanitaria.

Si quieres saber como gestionar los medicamentos controlados de acuerdo con los requerimientos regulatorios aplicables, pregunta por nuestro curso de gestión de controlados y nuestro servicio de auditorías con enfoque a la gestión de sustancias y medicamentos controlados. Para contactarnos puedes visitar nuestra página www.pharmaclims.com y darle click al botón de whatsapp o bien escribir a contacto@pharmaclims.com. También puedes llamar a +52 5539892647 (Jesús Quintana) o a +52 5528649003 (Lourdes Molina).

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